sábado, 10 de octubre de 2015

REPUBLICA DE EL SALVADOR.



Sistema Político. 
La República de El Salvador es un Estado soberano y la soberanía reside en el pueblo. La Constitución establece un gobierno republicano, democrático y representativo. El sistema político es pluralista y se expresa por medio de los partidos políticos, que son el único instrumento para el ejercicio de la representación del pueblo ante el gobierno. Consecuentemente, la existencia de un partido único oficial es incompatible con el sistema democrático y con la forma de gobierno consignados en la carta magna.
El poder público emana del pueblo. Los funcionarios del gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les otorga la ley. Los órganos fundamentales son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Teniendo cada uno sus funciones definidas, y siendo sus decisiones independientes uno del otro.
El Estado salvadoreño cuenta, además, con instituciones gubernamentales que vigilan, apoyan y controlan las decisiones del mismo. Entre estas instituciones se pueden mencionar: el Ministerio Público, los órganos de control y los gobiernos locales. Cada uno tiene sus propias políticas de elección de sus miembros y disponen de independencia, establecida por la Constitución. El sistema de elecciones es dirigido y supervisado por el Tribunal Supremo Electoral el ente que según la Constitución tiene la obligación de establecer la normativa para el ejercicio eleccionario salvadoreño.
La Constitución Política del año 1983, dispone que El Salvador es un país con un sistema político pluralista que se expresa por medio de sus partidos políticos, los cuales son los únicos instrumentos para la representación del pueblo. Para su administración política, el territorio se divide en departamentos, y en cada uno de ellos existe un gobernador elegido por el poder ejecutivo; dichos funcionarios ejercen labores administrativas cuya función principal es la de servir de enlace entre la Presidencia y los gobiernos locales de cada departamento, así como atender las necesidades de las comunidades en coordinación con la dirección de Protección Civil del Ministerio de Gobernación.

Salon Azul del Palacio Legislativo.



  Órganos fundamentales

De acuerdo a la Constitución, en El Salvador existen tres órganos fundamentales, los cuales son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial.

Órgano Legislativo

Es un cuerpo colegiado conformado por ochenta y cuatro diputados, al que le corresponde, fundamentalmente, la función de legislar. Sus miembros se renuevan cada tres años, y pueden ser reelegidos. Las resoluciones del Órgano Legislativo, o Asamblea Legislativa, requieren del voto favorable de la mitad más uno de los diputados, salvo los casos específicos dictados en la Constitución. También puede formar comisiones especiales para investigar asuntos de interés nacional.

Órgano Ejecutivo

El Órgano Ejecutivo se encuentra conformado por el presidente y vicepresidente de la República, los ministros y viceministros junto a sus funcionarios dependientes. El período presidencial es de cinco años. El presidente es también el comandante general de la Fuerza Armada, institución encargada de la defensa nacional. La seguridad pública se encuentra a cargo de la Policía Nacional Civil. También existe un Consejo de Ministros.

Órgano Judicial

La potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado corresponde al Órgano Judicial, el cual está compuesto por la Corte Suprema de Justicia, las Cámaras de Segunda Instancia, y los demás tribunales que disponen las leyes del país en las materias que les corresponden. También existe un Consejo Nacional de la Judicatura, una entidad independiente en sus funciones que contribuye a la eficiencia de la carrera judicial.

  Ministerio Público

El Ministerio Público de El Salvador lo conforman la Fiscalía General de la República, encargada de defender y representar los intereses del Estado, así como la competencia de investigar y promover la acciòn penal ante el cometimiento de un hecho delictivo; la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, surgida en virtud de las reformas constitucionales como consecuencia de los acuerdos de paz de Chapultepec; y la Procuraduría General de la República, que vela por la defensa de la familia, de las personas e intereses de los menores de edad, entre otras facultades.

  Tribunal Supremo Electoral

El Tribunal Supremo Electoral es la máxima autoridad en materia de elecciones. Está compuesto por cinco magistrados elegidos por la Asamblea Legislativa y duran cinco años en sus funciones. Al organismo le corresponde convocar, organizar, dirigir y vigilar los procesos electorales relacionados con la elección del presidente y vice presidente de la República, diputados al Parlamento Centroamericano, diputados a la Asamblea Legislativa, y miembros de los concejos municipales.

  Corte de Cuentas

La Corte de Cuentas de El Salvador es el ente que le corresponde la fiscalización de la hacienda pública en general y de la ejecución del presupuesto en particular, por lo que se considera el organismo rector del sistema nacional de control y auditoría de la gestión pública. Las acciones de control consisten en auditorías financieras, auditorías operacionales y exámenes especiales.

                               

 Impacto de las políticas internacionales.
Durante la presente década, El Salvador ha experimentado cambios de gran trascendencia en el proceso de consolidación y desarrollo del proceso democrático. El gran salto en el avance de este proceso se da con la firma de los acuerdos de paz, auspiciados por Naciones Unidas. Cabe destacar el impacto de los acuerdos en la vida nacional porque --a diferencia de los procesos de modernización, o reformas del Estado o globalización, que son comunes para el conjunto de países de América Latina (y otras latitudes)-- el contenido de los mismos representa un gran avance (incluso respecto a países de la región, v.g. Chile) en el nuevo pacto social contra el autoritarismo; así como la expresa convicción de fortalecer el Estado de derecho y el respeto a los derecho humanos.



Por otra parte, debe recordarse que los acuerdos contemplaban mecanismos de concertación en el ámbito económico-social. Sin embargo, por la inminencia que imprimió la comunidad internacional a la firma de la paz, dichos mecanismos quedaron rezagados. En aquel momento, diciembre de 1991, lo acuciante era firmar compromisos entre las partes beligerantes, con la tutela de Naciones Unidas, en aspectos clave para la pacificación inmediata, vale decir: políticos, militares, poder judicial y derechos humanos.


No obstante que es entendible y aceptable la inminencia de la firma de los acuerdos aludidos, no deja de ser un contrasentido que, por un lado, se reconozca que la principal causa del conflicto bélico sea la pobreza, la marginación y exclusión social --que se traduce en millones de salvadoreños fuera del mercado-- y que, por el otro lado, el gobierno firmante de los acuerdos adopte como política de desarrollo la que se sustenta en el mercado. En efecto, a pesar del discurso del rol subsidiario del Estado y de los mecanismos de compensación social, el resultado es de mayor exclusión social y pobreza, vale decir, ahondar y abundar a la causa del conflicto.
A ese respecto, la adopción del paradigma del mercado condujo a un conjunto de reformas que establecieron nuevas relaciones entre el Estado y el mercado, así como también con la sociedad civil y el sector privado (privatizaciones, desregulación de los mercados, apertura al exterior, reforma tributaria, descentralización y administración privada de los fondos previsionales).

Es de notar que el paquete de reformas parte de una concepción "economicista": eficiencia económica (resultados versus recursos), financiamiento del déficit fiscal, equilibrios macroeconómicos y el gobierno preocupado esencialmente por la política macroeconómica, esperando que la "mano invisible" del mercado haga el resto. Este período se caracteriza por la preeminencia de los equipos económicos. En lo social se acepta la teoría del derrame... "la mejor política social es una buena política económica.


 Desempeño del Estado.

 Forma de Estado: 
Sistema democrático presidencialista y centralista, en el que la legitimidad electoral corresponde tanto a la Presidencia de la República como a la Asamblea Legislativa. El funcionamiento del sistema político y la regulación de los derechos fundamentales quedan establecidos por la Constitución de 1983, profundamente reformada en aplicación de los Acuerdos de Paz de 1992, donde se aseguran el respeto al pluralismo político y la defensa “irrestricta” de los Derechos Humanos, y se crean instituciones como la Policía Nacional Civil única (con disolución de los cuerpos de seguridad anteriores), la Procuraduría General de los Derechos Humanos, el Tribunal Supremo Electoral o el Consejo Nacional de la Judicatura.

 División administrativa: 
El Salvador es una República centralista, dividida a efectos administrativos en 14 departamentos agrupados geográficamente en tres zonas: Oriental (Usulután, San Miguel, Morazán y La Unión), Central (La Libertad, Chalatenango, Cuscatlán, San Salvador, La Paz, Cabañas y San Vicente) y Occidental (Ahuachapán, Santa Ana y Sonsonate). Cada departamentose encuentra fraccionado en municipios, existiendo un total de 262 municipios en el país, los cuales gozan de una limitada autonomía económica, técnica y administrativa. Son regidos por un concejo municipal elegido cada tres años por votación pública. En el territorio de cada municipio existe una cabecera que es nominada como pueblo, villa o ciudad. Asimismo, dentro de la circunscripción hay cantones, los cuales están conformados por caseríos.


Sistema Electoral. 
La Constitución salvadoreña de 1950, estableció que el Consejo Central de Elecciones (CCE) sería la máxima autoridad en materia electoral. Este organismo estaba formado por 3 miembros propietarios e igual número de suplentes designados uno por cada uno de los Órganos del Estado. En la Constitución de 1962, se mantuvo lo prescrito por la anterior Ley Fundamental, sobre la organización del CCE. En la práctica esto permitió que los procesos electorales fueran controlados por el Órgano Ejecutivo. Bajo este sistema se organizaron los comicios presidenciales de 1972 y 1977 que estuvieron empañados por acusaciones de fraude por parte de las fuerzas opositoras. La Constitución del 15 de diciembre de 1983, estableció que los tres miembros del CCE serían designados por la Asamblea Legislativa, de ternas propuestas, una por cada uno de los tres partidos políticos más votados en las elecciones presidenciales.
En 1991, durante el proceso de negociación entre el Gobierno de El Salvador y el FMLN, que condujo a la firma de los Acuerdos de Paz de Chapultepec, se acordó reformar el artículo 208 de la Constitución para suprimir el CCE y crear el Tribunal Supremo Electoral, con su función y composición actual.
El nuevo organismo tuvo como primer reto la organización de las elecciones generales del 20 de marzo de 1994, las primeras en las que participó, el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional. En todos los comicios celebrados desde entonces no ha habido denuncias sobre irregularidades muy graves, pero se ha cuestionado la inacción del Tribunal Supremo Electoral para ejercer su función jurisdiccional debido a la presencia de representantes de los mismos partidos en calidad de magistrados.

 

 Postura de El Salvador en los temas prioritarios en la agenda internacional.
Los Estados partes en la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica", Reafirmando su propósito de consolidar en este Continente, dentro del cuadro de las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos humanos esenciales del hombre; Reconociendo que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional, de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos; Considerando la estrecha relación que existe entre la vigencia de los derechos económicos, sociales y culturales y la de los derechos civiles y políticos, por cuanto las diferentes categorías de derechos constituyen un todo indisoluble que encuentra su base en el reconocimiento de la dignidad de la persona humana, por lo cual exigen una tutela y promoción permanente con el objeto de lograr su vigencia plena, sin que jamás pueda justificarse la violación de unos en aras de la realización de otros; Reconociendo los beneficios que derivan del fomento y desarrollo de la cooperación entre los Estados y de las relaciones internacionales; Recordando que, con arreglo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sólo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento del temor y de la miseria, si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos; Teniendo presente que si bien los derechos económicos, sociales y culturales fundamentales han sido reconocidos en anteriores instrumentos internacionales, tanto de ámbito universal como regional, resulta de gran importancia que éstos sean reafirmados, desarrollados, perfeccionados y protegidos en función de consolidar en América, sobre la base del respeto integral a los derechos de la persona, el régimen democrático representativo de gobierno, así como el derecho de sus pueblos al desarrollo, a la libre determinación y a disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, y considerando que la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que pueden someterse a la consideración de los Estados partes reunidos con ocasión de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos proyectos de protocolos adicionales a esa convención con la finalidad de incluir progresivamente en el régimen de protección de la misma otros derechos y libertades.

 Impacto del sistema político de El Salvador en mi organización y la toma de desiciones para establecer relaciones culturales.
En el ámbito cultural, se está llevando a cabo un intercambio cultural contínuo y sistemático para promover la cultura e identidad de nuestro país, así como para fortalecer estos valores con los salvadoreños en el exterior, destacar e impulsar las manifestaciones culturales y artísticas salvadoreña, esta relación cultural nos facilitara un intercambio cultural en el ramo de la música regional, ya que con la organización que he venido trabajando es una banda de música regional estilo sinaloense, y la Chanchona es música 100% salvadoreña de la región de San Miguel, y es muy popular en todo el país, al realizar este intercambio cultural se beneficiaran las agrupaciones y se dará la apertura de un mercado nuevo.   






 Referencias:
http://www.uca.edu.sv/publica/eca/600art2.html
https://es.wikipedia.org/wiki/Pol%C3%ADtica_de_El_Salvador
https://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal_Supremo_Electoral_de_El_Salvador
Departamento de Derecho Internacional. Tratados Multilaterales. Recuperado el 10 de octubre desde:
http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-52.html



No hay comentarios:

Publicar un comentario